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¿Coca Cola se burla de la Ley?: Responsables, ¡A responsabilizarse!

Informe de Interferencia de la Industria: Coca Cola


Afirmar o negar con total convicción que la empresa más grande de bebidas artificiales incumple la Ley 27642 se hace difícil, desde lo formal, por la falta de información oficial sobre el otorgamiento de prórrogas por parte de ANMAT- INAL a productos de las grandes empresas. Aunque desde lo conceptual, el desarrollo de una serie de acciones promocionales, por parte de la empresa, pone en cuestión el fin de las mismas, así como su legalidad dado el contexto de implementación de la Ley. La inacción de los entes gubernamentales responsables y la no respuesta de sus directivos, pone un manto de duda sobre la capacidad e intención real de fiscalización de la norma, como así de cuán permeables son a la interferencia de la industria de ultraprocesados.


En reiteradas oportunidades, hemos exigido que la información sobre las prórrogas otorgadas por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL-ANMAT) sea de acceso público, para poder facilitar la participación de la Sociedad Civil en el proceso de implementación y así poder discernir entre los diferentes factores que pueden retrasar la aparición de los sellos de advertencias en las góndolas del país.


En adelante, intentaremos exponer toda la información disponible, mostrando las distintas estrategias de marketing empleadas por la multinacional en un contexto pre-mundial, donde la autoridad de control y fiscalización parece tener más ganas de cuidar los intereses económicos de la empresa que el derecho a la salud de toda la población.


¿Etiquetado Frontal?... Nah! ¿para qué?


Semanas atrás, hemos expuesto cómo la empresa rediseñó su etiqueta queriendo mostrar los sellos octogonales y las leyendas precautorias antes que nadie. Incluso de inmediato, apenas cumplido el plazo de adecuación. ¿Cómo lograron que se vean tan rápidamente? ¿Acaso no había stock existente elaborado previo al 20 de agosto? ¿Por qué vemos los sellos en algunas formas de presentación y en otras no? ¿Qué intenciones podría haber detrás de este “cumplimiento” repentino y errado?


Posición de las Etiquetas: Coca Cola empuja a sus comercializadores al barro.

El capítulo V, artículo 126 del Código Alimentario Argentino explicita como - Cara principal - a “la parte de la rotulación donde se consigna en sus formas más relevantes la denominación de venta y la marca o el logo, si los hubiere”.


La etiqueta de la empresa de bebidas ultraprocesadas, muestra los sellos en la cara posterior del envase, donde su marca se exhibe de forma menos relevante, en comparación al verdadero frente de envase, donde la marca comercial se muestra de mayor tamaño. Con esta acción, no sólo se incumple con la normativa, sino que empuja a los comercializadores a cometer actos improcedentes en función de la forma de exposición de los envases en la góndola y ésto es porque la Ley responsabiliza a toda la cadena de suministros. Que Coca Cola haya decidido poner los sellos de advertencia en la cara posterior, incurre en faltas propias a la Ley y en faltas de quienes comercializan sus productos si no advierten su responsabilidad de que los envases siempre deben exhibirse mostrando las advertencias.


El tamaño sí importa

Cabe destacar que el análisis que se desarrollará a continuación, parte de interrogantes que desató la desprolijidad de la propia marca en presentar los sellos en diferentes tamaños dentro de su cartera de productos y formas de presentación.


Bajo el afán de mostrarse primero con las advertencias, otra vez surge un error “accidental” en base a la interpretación de la Ley y su decreto reglamentario para confeccionar los sellos y leyendas precautorias del tamaño que corresponde. ¿Qué se observa? Primero que la marca olvidó el detalle que la Ley siempre habla de “cara principal del envase” y no de “cara principal de la etiqueta”.


*Fotografía de la etiqueta comercial del producto Coca Cola “Sabor Original” en su presentación de 1,5 litros


Nos tomamos el trabajo de medir los sellos de advertencia y contrastar su tamaño con la superficie de la etiqueta comercial de un envase de 1,5 Litros de bebida; se calculó la superficie de la cara principal y descubrimos que la marca eligió no respetar el tamaño adecuado de los sellos, siquiera cuando toma de referencia una superficie menor a la que corresponde para que proyecte el tamaño y diseño real de las advertencias.


Superficie: 15 cm x 7 cm: 105 cm2

*Gráfico de elaboración propia, que usa como base la tabla de dimensiones de los sellos del Anexo 2 de la reglamentación de la Ley 27.642


¿Qué efectos puede tener sobre los y las consumidoras?

Es importante recordar que el sistema gráfico - en forma de octágonos, de color negro con reborde blanco, con letras mayúsculas de color blanco con la palabra “EXCESO” - como así también el sistema de perfil de nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud -límites de corte a partir de cuándo corresponde uno o más sellos- no son improvisados, es decir, parten de la mejor evidencia científica disponible actualmente, libre de conflictos de interés, para colaborar en la elección informada y advertida de productos con componentes críticos y perjudiciales para las y los consumidores. Por lo que, atreverse a cumplir de manera parcial, accidentada o potencialmente equívoca, implica menor efectividad, eficiencia y eficacia de la norma en la intención de proteger a las personas ante el riesgo de desarrollo de enfermedades crónicas no transmisibles. Cuando se enumeran las faltas y, teniendo en cuenta el comportamiento de la empresa durante todo el impulso y aprobación de la política pública, pareciera imposible creer en desconocimiento o ingenuidad en las acciones.


A Coca le fue Mundial

Argentina con su idiosincrasia futbolera hace que muchas empresas realicen fuertes apuestas económicas en torno a estrategias de marketing en eventos futbolísticos: financiamiento de clubes, de espacios publicitarios en medios masivos, de conferencias de prensa… porque tienen bien en claro, que mostrar la marca cerca de una camiseta, futbolista exitoso o linkear el producto a la posibilidad de salir campeones, “garpa”.


Abelardo Gudino Morales - Gerente general de la marca en Argentina - , dijo en una entrevista a Cronista en marzo de este año: “las expectativas de este año son mucho más alentadoras, cautas pero positivas; no solo porque la pandemia ya deja ver un atisbo de ´normalidad´, sino también porque es año de Mundial, evento que, en la agenda Coca, se marca en rojo. De hecho, para cada Mundial se forma un comité con representantes de distintas áreas dedicado especialmente al encuentro” y sigue…"La gran diferencia de este Mundial es que este año para nosotros se hace en verano. Y eso es una muy buena noticia", asegura el ejecutivo.


Un claro ejemplo fue cuando el año pasado Cristiano Ronaldo le hizo perder 4.000 millones de dólares a la empresa líder en 30 minutos, por una caída en la bolsa de 1,6%, cuando corrió las botellas de la famosa bebida en plena conferencia de prensa y dijo - “ Agua!”. Si un gesto negativo de apenas segundo fue un revés duro para la marca, imaginar las ganancias que se asocian a gestos positivos de referentes mundiales del deporte en cuestión, da escalofríos.



Un Documento Informativo en Argentina, publicado en 2015 por la Fundación Interamericana del Corazón, mostró que 1 de cada 4 comerciales destinados a niños, niñas y adolescentes usaba la imagen de alguna personalidad famosa (cantantes, futbolistas, influencers, etc) para promover el consumo del producto publicitado.

*Imágenes: Capturas de las publicidades de Coca Cola para el mundial de Rusia en 2018.



Este año, Coca Cola lanzó al mercado una presentación de 2,25 Lts con una etiqueta nueva que incluye una pelota de fútbol, pero no cualquier pelota, una que en su vectorizado exhibe una figura cercana al octógono negro, un hexágono. Si hilamos fino, aunque no es la misma figura, sí podría ser una forma sutil que, subliminalmente, incida en el impacto que estas figuras geométricas de color negro de advertencia puedan tener. Sumado a que, en otras formas de presentación, la marca ya muestra sus sellos, que como se explicó, son más pequeños de lo que corresponde y los ubicaron en la cara incorrecta. Además, no sólo incorpora una pelota en el diseño de la etiqueta sino que agrega la “sorpresa” de un paquete de figuritas con los jugadores del mundial y el desarrollo de una acción promocional entregando botellas retornables en distintos puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Burlándose, en simultáneo, de varios puntos de la Ley 27.642 que limita cualquier acción promocional de productos que se vean alcanzados por el etiquetado.


El diario Clarín en una nota lanzada esta semana sobre Coca Cola, el mundial y la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable - Ley PAS - expuso algo que desde Sociedad Civil venimos sospechando: acuerdos entre el Poder Ejecutivo y la empresa para hacer la “vista gorda” a todas las acciones publicitarias; negociaciones a espaldas del pueblo, violando las leyes vigentes de lealtad comercial, defensa del consumidor y la Ley PAS.


Cita textual Diario Clarín: … “En rigor, el asunto termina siendo un eslabón más en la cadena de negociación entre el Gobierno y las empresas, camino a lograr la adaptación a la ley. En función del interés sanitario, la búsqueda pasaría más por el consenso que por la persecución inmediata de la transgresión y la multa”.

Sucede que transgresiones hay, pero no multas. Entonces, los acuerdos parecieran haberse dado en detrimento de la salud pública, de la protección de las y los consumidorxs, y a favor de las bonanzas económicas de una empresa que no sabemos qué le prometió al Gobierno para que mire hacia otro lado. Aunque bueno, se nos ocurren algunas ideas entendiendo que este año es el Mundial y el que viene, las elecciones…. “hoy por ti, mañana por mí”.



Una sociedad civil organizada impulsó la Ley y será quien la defienda a como dé lugar


Cobra mayor sentido la negativa al acceso a la información sobre el otorgamiento de prórrogas: hubo acuerdos que flexibilizaron la implementación de la Ley sin medir consecuencias: un Gobierno que buscó ocultarlo y una empresa, que orgullosamente salió a contarlo en medios de comunicación masiva.


La Ley cuenta con una autoridad de aplicación, el Ministerio de Salud de la Nación, y otorga potestad a otros entes con autoridad sobre la fiscalización y aplicación como al brazo semi-autónomo del Ministerio: la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica - ANMAT - Y su apéndice disfuncional: el Instituto Nacional de Alimentos - INAL-.

Entonces, por más que la marca multinacional es responsable de todos los intentos de desvío en el cumplimiento de la Ley, también es cierto que hay un organismo estatal, sostenido por nuestras contribuciones, que está eligiendo no hacer nada al respecto.


¿Quiénes son los funcionarios públicos responsables de estas áreas de INAL- ANMAT y que no responden?

  • Licenciada en Nutrición Mónica López: Directora del INAL y pareja del actual secretario de Calidad en Salud del Ministerio de Salud de la Nación y Presidente de la Comisión Nacional de Alimentos, el médico cirujano Alejandro Collia.


*Imágenes: Mónica Alicia López (izquierda); Alejandro Federico Collia (derecha)


Cita Decreto 93/2018 Art 1 - "No podrán efectuarse designaciones de personas, bajo cualquier modalidad, en todo el Sector Público Nacional, que tengan algún vínculo de parentesco tanto en línea recta como en línea colateral hasta el segundo grado, con el Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y demás funcionarios con rango y jerarquía de Ministro". "Quedan incluidos el cónyuge y la Unión Convivencial".


  • Magister Sebastián Rami Fernández: Coordinador del programa de monitoreo y fiscalización de publicidad y promoción.

  • Farm. Manuel Rodolfo Limeres: Administrador Nacional de la ANMAT.



*Imágenes: Manuel Rodolfo Limeres (izquierda); Sebastián Rami (derecha)


Recordemos que el INAL - siendo parte de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) - , mientras se debatía la Ley en la Cámara de Diputados (Noviembre 2020 - Octubre 2021), presentó una Resolución Conjunta para aprobar un etiquetado funcional a la industria alimentaria. Ignorando la evidencia científica del mismo Ministerio de Salud (del cual es parte) y atentando contra la discusión democrática de un proyecto de Ley con media sanción del Senado. Proyecto que buscaba no sólo lograr el mejor estándar en materia de rotulado frontal en la región, sino el cuidado de los entornos de niñxs y adolescentes a través de regulaciones vinculadas a la publicidad, promoción o patrocinio dirigido a ellxs como en la protección de los entornos escolares, impidiendo que dichos productos pudieran proveerse junto a una educación alimentaria en todos sus niveles.


Son varias las señales que dan el indicio de que el INAL y sus directivos estuvieron a favor de la industria alimentaria durante la discusión de la Ley de PAS y, por consiguiente, en contra de la Salud Pública. Inolvidable aquel webinar organizado desde el ente en cuestión y empresas, donde informaban a la gente cómo las industrias estaban “ayudando” con donaciones y políticas de sustentabilidad durante la pandemia. Fue tan bochornoso y rechazado por la Academia y Organizaciones de la Sociedad Civil libres de conflictos de interés, que debieron dar de baja la publicación de la grabación del evento.


Por eso, desde SANAR nos preguntamos: ¿Por qué tanta cercanía a la industria alimentaria?, ¿Qué intereses están detrás de estos vínculos? El hermetismo reflejado en la negación a pedidos de acceso a la información, como así también a pedidos de audiencia; la falta de muestras representativas en la fiscalización de diferentes normativas, la débil intención de facilitar mecanismos sancionatorios exigidos por la Ley 27.642; el desconocimiento de la participación de la Sociedad Civil en procesos de incidencia en políticas públicas de salud dentro de la CONAL: Todo parte de un gran “combo XL con bebida grande” de falta de transparencia institucional, donde nuestros derechos se ven vulnerados, mientras se protegen los intereses de un puñado de empresarios y cámaras de empresas.


Dado el importante rol que ha tenido la Sociedad Civil durante el proceso previo a la sanción de la ley, es que nos preocupa la falta de claridad que permita continuar acompañando y fortaleciendo este proceso de implementación de una forma transparente. El acceso a la información es el punto de partida para garantizar la participación real de la ciudadanía en la construcción de políticas públicas y en evitar que la interferencia de la industria las obstaculice.


Autor: Lic. Ignacio Porras. Director de Fundación SANAR


 

Como sociedad, es fundamental que nos involucremos en la defensa de nuestros derechos. Tenemos una ley ejemplar para la región, sin embargo, sin una implementación transparente y eficiente, los objetivos de mejorar la salud, la alimentación y de brindar información, no podrán tener efecto.


Desde SANAR seguiremos cuidando esta ley, mediante acciones de comunicación libres de conflicto de interés, mediante la militancia y activismo con la sociedad, mediante la generación de evidencia científica y mediante las denuncias que pocos se atreven a hacer. Para poder seguir conquistando derechos, estamos seguros de que la salida es colectiva. Por eso, te invitamos a enviarles un mensaje a las y los funcionarios públicos responsables de velar por el buen cumplimiento de la Ley PAS. Para recordarles la RESPONSABILIDAD que tienen sobre el cumplimiento de la Ley, que garantiza 3 derechos fundamentales: Información, Alimentación adecuada y Salud.


No te olvides, esta ley es de y para todxs y comer bien, no debe ser un privilegio.

Alzá la voz en Twitter:


@alferdez @camonlopez @anmatsalud @acollia @carlavizzotti Queremos monitoreo y fiscalización adecuada de la Ley 27.642. El etiquetado es FRONTAL. #ElEtiquetadoEsLey







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